Cuando se pierde todo, hay que saber por dónde empezar
El 10 de agosto de 2026, Colombia sintió un sismo con epicentro en San José del Palmar (Chocó), que dejó varias ciudades y municipios del país afectados. Pasado el momento del susto, viene la parte más difícil: reconstruir. Volver a empezar cuando no sabes por dónde, cuando sientes que perdiste todo — la casa, el carro, el trabajo, la tranquilidad.
El marco legal que te protege desde el 10 de agosto
La declaratoria de desastre no solo habilita ayudas del Estado — también cambia las reglas con tu banco, tu aseguradora y tu arrendador. Estos son los cuatro principios que sostienen todo lo demás en esta guía.
El Estado y tus entidades deben actuar
ADRES, UNGRD, la Superfinanciera y la Supersolidaria están legalmente obligadas a activar coberturas, subsidios y alivios de cartera. No es un favor: es una obligación que puedes exigir.
El sismo es fuerza mayor
Por ser imprevisible e irresistible, el sismo elimina tu culpa en el retardo de pagos. Mientras persistan sus efectos, no se causan intereses moratorios (Art. 1616 inc. 2 C.C.).
El dinero no perece
Que tu casa o carro se haya destruido no borra la deuda por sí solo. Por eso la vía correcta es cobrar la póliza — no esperar a que la deuda desaparezca sola.
Teoría de la imprevisión
En arriendos, promesas y créditos comerciales puedes pedir que se reajusten cuotas y plazos si el sismo rompió el equilibrio del contrato. No aplica a las aseguradoras: no pueden usarla para negarte una cobertura.
Lo que el Estado te debe pagar directamente
La ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud) financia tu atención médica y, en caso de muerte, entrega una compensación económica directa. Este trámite lo puedes radicar tú mismo, en línea.
Atención médica gratuita
›Toda víctima del sismo tiene derecho a atención integral y sin costo, sin importar si estás afiliado o no:
Sin el Certificado del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo (o la Alcaldía) que acredite tu condición de víctima del sismo, la ADRES no aprueba el formulario FURPEN. Es el primer documento que debes conseguir.
Indemnización por muerte y gastos funerarios
›Es un pago único, con cargo a los recursos para eventos catastróficos.
¿Quién recibe el dinero?
- Con cónyuge e hijos: 50% para el cónyuge o compañero(a) permanente, 50% repartido entre los hijos en partes iguales.
- Sin hijos: 100% para el cónyuge o compañero(a) permanente.
- Sin cónyuge ni hijos: para los padres, y en su defecto, para los hermanos.
Cómo radicar tú mismo la reclamación
›No necesitas abogado para este trámite. Sigue estos pasos:
- 1Reúne tu cédula ampliada y la de los reclamantes, más el certificado del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo (o la Alcaldía) que acredite que fuiste víctima del sismo.
- 2Si es una reclamación por muerte: consigue el registro civil de defunción, los registros civiles que prueben el parentesco, las facturas de servicios fúnebres pagadas y una certificación bancaria reciente.
- 3Diligencia el formulario FURPEN y radícalo en www.adres.gov.co.
- 4Guarda el número de radicado y haz seguimiento por el mismo portal.
Ayuda mientras encuentras dónde vivir
Coordinado por la UNGRD y tu Alcaldía (Ley 1523 de 2012), este subsidio es para hogares cuya vivienda colapsó o fue evacuada por riesgo inminente.
Familias propietarias, poseedoras o arrendatarias que vivían en el inmueble destruido y que no tienen otra vivienda habitable.
El monto y la duración exactos los define cada Alcaldía mediante su propio decreto, así que pueden variar de un municipio a otro. Confirma la cifra vigente en tu municipio directamente con la Alcaldía o el punto de atención de la UNGRD.
- 1Inscríbete en el Registro Único de Damnificados (RUD) en los puntos habilitados por la Alcaldía.
- 2Solicita el Acta de Inspección Técnica e Inhabitabilidad ante el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo o el cuerpo de Bomberos.
- 3Busca una vivienda sustituta en zona segura y firma un contrato de arrendamiento simplificado.
- 4Radica ante la administración municipal: el contrato, la cédula del arrendador y tus soportes bancarios, para que te giren el auxilio.
Cómo protegerte mientras te ayudan
En medio de la emergencia, algunas entidades pueden pedirte información sin tu autorización previa — pero solo para fines muy específicos.
Alcaldías, UNGRD y hospitales pueden recopilar tu información sin firma previa, solo para el censo oficial (RUD), tu atención médica de urgencia y la entrega de ayudas humanitarias (Art. 10, Ley 1581/2012).
Esa información no puede usarse para cobros comerciales, publicidad, ni nada distinto a atender la emergencia.
- ✓Pide siempre identificación, cargo y entidad a quien te esté empadronando.
- ✓Nadie puede cobrarte por registrarte como damnificado.
- ✓Ningún funcionario o particular puede pedirte contraseñas, claves bancarias o códigos PIN.
Puedes radicar un reclamo directo ante la entidad responsable, o una queja formal y gratuita de hábeas data ante la Superintendencia de Industria y Comercio (multas de hasta 2.000 SMLMV para quien haga mal uso de tus datos). Asesoría jurídica gratuita: ayudalegalsos.org
Las pólizas que ya vienen incluidas en tu deuda
Si tienes un crédito hipotecario, de vehículo o de consumo, es muy probable que ya estés pagando un seguro que cubre exactamente esta situación. Toca cada tarjeta para ver cómo cobrarlo.
Vivienda con crédito hipotecario o leasing
›La Ley 546/1999 obliga a todo crédito hipotecario o leasing habitacional a tener seguro contra terremoto. El banco cobra primero, pero solo hasta el saldo que le debes — el resto es tuyo por ley.
Automóvil financiado o en leasing
›Si tu póliza todo riesgo incluye fenómenos de la naturaleza, cubre destrucción por sismo, aplastamiento o escombros. El excedente sobre la deuda se gira directo a ti, con cancelación del gravamen.
Vida grupo deudores e incapacidad total
›Todo crédito bancario —tarjetas, libre inversión, libranza o hipoteca— incluye este seguro. Si a causa del sismo quedas con una pérdida de capacidad laboral ≥50% (evaluada por tu EPS, ARL o Junta de Invalidez), la aseguradora paga el 100% del saldo pendiente de esa deuda.
Importante: el crédito no se congela automáticamente mientras tramitas la calificación médica. Debes avisar por escrito a tu banco que estás en trámite de calificación de invalidez, para solicitar un periodo de gracia preventivo mientras se emite el dictamen en firme.
Desempleo involuntario (créditos de consumo)
›Si perdiste tu empleo por despido sin justa causa o cierre de tu empresa a raíz del sismo, cubre entre 3 y 6 cuotas de tu crédito.
Necesitas: carta de despido sin justa causa, certificado de antigüedad laboral y certificado de retiro de tu fondo de cesantías o seguridad social.
Los tres pasos que aplican a cualquier póliza
Este es el mismo procedimiento del Código de Comercio para todas las pólizas de la sección anterior. La aseguradora no puede inventar requisitos adicionales.
Sin formalidad — verbal, escrito o electrónico
Tienes hasta 2 años desde el sismo para entregar pruebas y peritajes (Art. 1081 C.Co)
1 mes improrrogable, o mora automática
Si la aseguradora se pasa del mes, entra en mora automática y debe pagarte intereses moratorios a la tasa máxima certificada por la SFC.
El derecho de petición: cómo exigirlo por escrito
Es el documento que convierte todo lo anterior en una exigencia formal. Un solo escrito que sirve como aviso de siniestro a la aseguradora y como orden de suspensión de cobros al banco — y que los obliga legalmente a responderte.
Es un derecho constitucional (Art. 23 C.P. y Ley 1755 de 2015): cualquier persona puede pedirle por escrito algo a una entidad, y esa entidad está obligada por ley a responder dentro de un plazo — no puede ignorarte ni hacerte esperar indefinidamente.
En un solo envío: avisas formalmente el siniestro a la aseguradora (activa el plazo del mes para el pago), y le exiges al banco que deje de cobrarte y que no aplique la cláusula de aceleración mientras se resuelve tu caso.
Una llamada se olvida; un documento radicado con fecha y número de radicado queda como prueba. Si no te responden a tiempo, ese mismo papel es la base para reclamar ante la Superfinanciera o, si es necesario, con una tutela.
La ley les da hasta 15 días hábiles para contestarte (Ley 1755 de 2015). Ese plazo corre aparte del mes que tiene la aseguradora para pagar la indemnización una vez acreditado el siniestro.
Derecho de Petición y Aviso de Siniestro
Documento editable en Word. Ya trae la estructura legal completa — solo tienes que llenar tus datos entre corchetes.
⬇ Descargar modelo en WordCómo se llena y se envía, paso a paso
›- 1Descarga el modelo de arriba y reemplaza lo que está entre corchetes: tu nombre, cédula, ciudad, el nombre del banco y de la aseguradora, el número de tu crédito y de tu póliza (si no lo tienes, escribe "póliza colectiva asociada al crédito").
- 2En los hechos, describe con precisión qué le pasó al bien: colapso total, agrietamiento con inhabitabilidad, pérdida total del vehículo, incapacidad o fallecimiento.
- 3Reúne tus anexos: cédula, registro fotográfico o video del daño, y la constancia de que ya solicitaste el RUD o la inspección de Bomberos (aunque todavía no te los hayan entregado — puedes aportarlos después).
- 4Firma el documento (puede ser firma escaneada o digital).
- 5Envíalo por correo electrónico al banco y a la aseguradora, cada uno a su canal de radicación, usando el modelo de correo de abajo.
- 6Guarda la confirmación o el número de radicado que te respondan. Ese es tu comprobante.
- 7Cuenta los 15 días hábiles. Si no te contestan, puedes radicar una queja ante la Superintendencia Financiera o buscar asesoría para una tutela.
Modelo de correo para enviarlo
›Copia este texto, complétalo con tus datos y adjunta el documento firmado:
Buenos días,
Por medio del presente correo radico Derecho de Petición y Aviso Formal de Siniestro, relacionado con el crédito/producto No. [número de tu crédito] y la póliza No. [número de póliza o "colectiva asociada al crédito"], a raíz del sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026.
Adjunto el documento con el detalle completo de los hechos, las pretensiones y los anexos correspondientes. Solicito de manera respetuosa:
— Confirmación de recibido, con número de radicado.
— Apertura del trámite de indemnización descrito en el documento adjunto.
— Suspensión de cobros y de cualquier cláusula de aceleración mientras se resuelve mi solicitud.
Quedo atento(a) a su respuesta dentro de los términos de ley.
Cordialmente,
[Tu nombre completo]
C.C. [tu número de cédula]
[Tu teléfono de contacto]
Qué cambia según el tipo de crédito
Las cláusulas de aceleración automática del crédito por daño o ruina del inmueble no valen, aunque estén firmadas. El banco debe agotar primero la reclamación a la aseguradora antes de cobrarte a ti.
En leasing habitacional, ante la destrucción total del inmueble cesa el cobro de cánones. La póliza de seguro paga el saldo que se le debe al banco y, si el valor comercial asegurado del inmueble es mayor que la deuda, el dinero excedente se te entrega directamente a ti como locatario.
La indemnización del seguro todo riesgo se aplica primero al saldo prendario. Si queda un remanente pendiente, debe reestructurarse con un plan de pagos flexible, sin cobrarte gastos administrativos adicionales.
Si perdiste tu empleo, primero se activa el seguro de desempleo. Si tu crédito no lo tiene, la entidad debe ofrecerte congelamiento de cuotas y periodos de gracia de 6 a 12 meses, sin capitalizar intereses.
Lo que ya no te pueden hacer
Cláusulas nulas de pleno derecho (Ley 1328/2009)
No valen: aceleración del crédito por destrucción no imputable a ti; renuncia forzada al remanente de la póliza; autorizaciones para retener más del saldo insoluto; cobro automático de honorarios de cobranza sin prueba de gestión real.
Límites a la gestión de cobranza — Ley 2300 de 2023
| Aspecto | Lo que dice la ley |
|---|---|
| Horarios | L-V 7:00 a.m.–7:00 p.m.; sáb. 8:00 a.m.–3:00 p.m.; prohibido domingos y festivos |
| Frecuencia | Máximo una llamada al día, por un único canal semanal autorizado |
| Motivos de la mora | No pueden exigirte que expliques por qué no has pagado |
| Contacto a terceros | Prohibido llamar a tus referencias familiares o laborales |
| Visitas | Prohibidas las visitas de cobranza a tu casa o trabajo |
Si vives o trabajas en un inmueble arrendado
El contrato se extingue de pleno derecho por fuerza mayor (Art. 2008 C.C.). No debes pagar más cánones, ni preavisos, ni penalidades — y tienes derecho a que te devuelvan tu depósito.
Puedes terminar el contrato sin sanción, o pedir una reducción proporcional del canon mientras duren las obras.
Son responsabilidad exclusiva del arrendador. No te pueden retener el depósito por daños de fuerza mayor.
Si tu local no se dañó pero la zona fue acordonada por riesgo geológico, puedes pedir revisión judicial del canon por imprevisión.
Tu empleo y tus recibos de servicios
Tienes derecho a licencia remunerada para atender a tu familia. Faltar al trabajo por el desastre, si está debidamente justificado, no es causal de despido.
Está prohibido cobrarte consumo o cargos fijos en predios destruidos o declarados inhabitables por la emergencia.
Insolvencia de persona natural no comerciante
Para cuando perdiste activos e ingresos al mismo tiempo (Ley 1564/2012, reformada por Ley 2220/2022 y Ley 2445/2025).
Estar en mora con 2 o más acreedores por más de 90 días, sobre obligaciones que representen al menos el 50% de tu pasivo total.
Al admitirse tu solicitud, ocurre de inmediato:
Puedes pactar condonación de intereses, rebajas de capital y plazos de hasta 10 años, con el voto de más del 50% del pasivo reportado.
Si no hay acuerdo, se liquidan tus bienes y las deudas restantes quedan legalmente inexigibles, con borrado de reportes negativos.
Filtra por tu situación
Escribe tu situación o toca una categoría para ver qué te aplica.
Falleció un familiar a causa del sismo
Indemnización de hasta $43.772.625 COP con cargo a ADRES, más gastos funerarios.
Incapacidad total permanente ≥50%
Extinción total del saldo pendiente de tus créditos activos (incluye tarjetas). Avisa por escrito a tu banco mientras se tramita el dictamen para pedir un periodo de gracia preventivo.
Destrucción total o parcial de vivienda con crédito
Extinción del saldo insoluto hasta el monto de la deuda; el excedente se te desembolsa.
Tu vivienda colapsó o fue evacuada
Subsidio mensual de arrendamiento temporal mientras encuentras vivienda definitiva. El monto y la duración los fija cada Alcaldía.
Pérdida total de automotor financiado
La indemnización se aplica al saldo prendario; el excedente se devuelve íntegro al propietario.
Pérdida de empleo o ruina económica
Cobertura transitoria de 3 a 6 cuotas; si no la tienes, periodos de gracia sin interés compuesto.
Inmueble arrendado destruido o afectado
Terminación de pleno derecho sin preaviso ni penalidad si hay destrucción; rebaja del canon si el daño es parcial.
Sobreendeudamiento crítico
Suspende automáticamente litigios ejecutivos, embargos y remates. Permite negociar o liquidar el pasivo.
Tus derechos respaldados por la ley
Toda la información de esta guía se fundamenta en la legislación colombiana. Puedes verificar cada trámite directamente en los portales oficiales del Estado.
| Materia | Normativa de sustento | Portal oficial |
|---|---|---|
| Salud e indemnizaciones por muerte | Decreto 780 de 2016 / Ley 2294 de 2023 | ADRES — adres.gov.co ↗ |
| Gestión del Riesgo y censo (RUD) | Ley 1523 de 2012 / Decreto 1171 de 2026 | UNGRD — gestiondelriesgo.gov.co ↗ |
| Seguro de vivienda y deudores | Ley 546 de 1999 / Circular Básica SFC | Superintendencia Financiera ↗ |
| Plazos y pagos de aseguradoras | Arts. 1075 a 1081 Código de Comercio | Código de Comercio ↗ |
| Derecho de petición | Art. 23 C.P. / Ley 1755 de 2015 | Ley 1755 de 2015 ↗ |
| Límites de cobranza | Ley 2300 de 2023 ("Dejen de fregar") | Ley 2300 de 2023 ↗ |
| Protección de datos personales | Ley 1581 de 2012 (Art. 10) | Superintendencia de Industria y Comercio ↗ |
| Insolvencia económica | Ley 1564 de 2012 (CGP) / Ley 2445 de 2025 | Código General del Proceso ↗ |